Como experto fiscal en el Impuesto sobre Sociedades (IS), a continuación te detallo el funcionamiento de los pagos fraccionados, un mecanismo diseñado para que las empresas anticipen a Hacienda parte de la cuota final del impuesto a lo largo del año.
Todo este mecanismo está regulado en el artículo 40 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS).
1. Obligaciones Formales: Modelos y Plazos
Los pagos fraccionados se presentan a través del Modelo 202. Se realizan tres pagos al año, en los siguientes plazos:
- 1P: Del 1 al 20 de abril.
- 2P: Del 1 al 20 de octubre.
- 3P: Del 1 al 20 de diciembre.
Nota: Si de la declaración resulta cuota cero, no hay obligación de presentar el modelo, salvo que la empresa tenga la consideración de Gran Empresa (facturación superior a 6 millones de euros).
2. Modalidades de Cálculo y Tipos Impositivos
Existen dos métodos para calcular el importe a pagar. La elección de uno u otro dependerá de la facturación de la empresa y de su elección voluntaria.
A. Modalidad General (Art. 40.2 LIS) - Basado en la Cuota
Es el sistema por defecto para empresas que facturan menos de 6 millones de euros.
- Base de cálculo: Se toma la cuota íntegra del último IS presentado, se le restan las deducciones, bonificaciones y retenciones, y sobre ese resultado (si es positivo) se aplica el porcentaje.
- Para el pago de abril: Se usa el IS de hace dos años (presentado en julio del año anterior).
- Para octubre y diciembre: Se usa el IS del año anterior (presentado en julio del año en curso).
- Tipo impositivo a aplicar: Fijo del 18%.
B. Modalidad Opcional (Art. 40.3 LIS) - Basado en la Base Imponible
Es obligatorio para empresas con un Importe Neto de la Cifra de Negocios (INCN) superior a