Como experto fiscal en el Impuesto sobre Sociedades (IS), a continuación doy respuesta a tu consulta específica y detallo los elementos clave del impuesto que debes tener en cuenta al presentar tu declaración, de acuerdo con la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS).
1. ¿Cuándo se presenta el Modelo 200? (Plazos)
El modelo 200 es la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades. Según el artículo 124.1 de la LIS, la declaración se presentará en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo.
- Caso general: Si el ejercicio económico de la empresa coincide con el año natural (del 1 de enero al 31 de diciembre), el plazo de presentación es del 1 al 25 de julio del año siguiente.
- Caso especial: Si el ejercicio económico de la empresa no coincide con el año natural (por ejemplo, cierra el 30 de junio), el plazo será del 1 al 25 de enero del año siguiente.
2. Tipos Impositivos aplicables (Art. 29 LIS)
Para calcular la cuota a pagar en el modelo 200, se aplican diferentes tipos según la naturaleza y tamaño de la entidad:
- Tipo General (25%): Aplica a la mayoría de las sociedades limitadas (SL) y anónimas (SA).
- Tipo Reducido para Pymes (23%): Aplicable (desde 2023) a entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del período impositivo anterior sea inferior a 1 millón de euros.
- Entidades de Nueva Creación (15%): Se aplica en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva (tengan beneficios) y en el período siguiente.
- Otros tipos específicos: Cooperativas fiscalmente protegidas (20%) y Fundaciones/Asociaciones de utilidad pública (10%).
3. Deducciones y Bonificaciones (Arts. 31 a 39 LIS)
La LIS permite reducir la cuota a pagar mediante diversos incentivos:
- Bonificaciones:
- Rentas obtenidas en Ceuta y Melilla (bonificación del 50%).
- Prestación de servicios públicos locales (bonificación del 99%).
- Deducciones para evitar la doble imposición: Por dividendos o rentas obtenidas en el extranjero que ya han tributado.
- Deducciones para incentivar ciertas actividades:
- I+D+i: Deducciones del 12% para innovación tecnológica y hasta el 42% para Investigación y Desarrollo.
- Creación de empleo: Especialmente por la contratación de trabajadores con discapacidad (entre 9.000 € y 12.000 € por persona/año de incremento de plantilla).
- Producciones cinematográficas y series: Deducciones de hasta el 30% del coste de producción.
4. Otras Obligaciones Formales (Modelos y Plazos)
Además del modelo 200, la sociedad tiene otras obligaciones fiscales asociadas:
- Modelo 202 (Pagos Fraccionados): Son anticipos a cuenta del IS (Art. 40 LIS). Se presentan en los primeros 20 días de abril, octubre y diciembre.
- Modelo 220: Declaración aplicable únicamente a los grupos de sociedades que tributan bajo el régimen de consolidación fiscal (mismo plazo que el modelo 200).
- Obligaciones contables: Llevar la contabilidad conforme al Código de Comercio y legalizar los