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¿Qué es un ERTE y cómo funciona?

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¿Qué es un ERTE y cómo funciona?

Un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) es una medida de flexibilidad laboral que permite a una empresa, de manera temporal, suspender los contratos de trabajo de sus empleados o reducir su jornada laboral debido a circunstancias excepcionales o dificultades específicas. A diferencia de un ERE (Despido Colectivo), el ERTE no implica la extinción del contrato, sino una pausa o reducción temporal del mismo.

📚 Marco Legal

Esta figura está regulada principalmente en el Artículo 47 y 47 bis del Estatuto de los Trabajadores (ET), aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Su funcionamiento actual fue actualizado y modificado por la última Reforma Laboral (Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre).


📌 Tipos de ERTE

La legislación española contempla tres modalidades principales:

1. ERTE por causas ETOP (Art. 47.1 ET)

Se aplica cuando la empresa atraviesa dificultades:

  • Económicas: Pérdidas actuales o previstas, o disminución persistente de ingresos.
  • Técnicas: Cambios en los medios o instrumentos de producción.
  • Organizativas: Cambios en los sistemas y métodos de trabajo.
  • De Producción: Cambios en la demanda de los productos o servicios.

2. ERTE por Fuerza Mayor (Art. 47.5 ET)

Se aplica cuando existen hechos extraordinarios e imprevisibles ajenos a la empresa que impiden temporalmente el trabajo (por ejemplo, un desastre natural o, como ocurrió en su momento, una pandemia).

3. Mecanismo RED (Art. 47 bis ET)

Introducido por la reciente Reforma Laboral, permite a las empresas solicitar medidas temporales previa activación por el Consejo de Ministros. Tiene dos modalidades:

  • Cíclica: Para crisis macroeconómicas generales (duración máxima de 1 año).
  • Sectorial: Cuando un sector concreto necesita recualificación y transición profesional (duración máxima de 1 año, con posibles prórrogas hasta 2 años).

⚙️ ¿Cómo funciona y cuáles son los plazos?

El procedimiento varía según el tipo de ERTE, pero generalmente sigue estos pasos:

Para ERTEs ETOP:

  1. Comunicación: La empresa comunica a los trabajadores su intención de iniciar el ERTE.
  2. Comisión Representativa: Los trabajadores tienen un plazo de 5 días (o 10 días si alguno de los centros no tiene representación legal) para constituir una comisión negociadora.
  3. Periodo de Consultas: Se negocia de buena fe. Este periodo tiene un plazo máximo de 15 días, que se reduce a 7 días en empresas de menos de 50 trabajadores.
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