Concepto de Delito Leve
En el ordenamiento jurídico español, un delito leve es una infracción penal que la ley castiga con una pena leve. Esta categoría fue introducida por la Ley Orgánica 1/2015, la cual suprimió las antiguas "faltas" del Código Penal (CP), elevando algunas a la categoría de delito leve y derivando otras al ámbito administrativo o civil.
La definición legal exacta se encuentra en el artículo 13.3 del Código Penal: "Son delitos leves las infracciones que la ley castiga con pena leve".
Penas Asociadas a los Delitos Leves
Para saber si un delito es leve, debemos observar la pena que lleva aparejada. Según el artículo 33.4 del Código Penal, se consideran penas leves las siguientes:
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de 3 meses a 1 año.
- Privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 3 meses a 1 año.
- Inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales de 3 meses a 1 año.
- Privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo inferior a 6 meses.
- Prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima o sus familiares, por tiempo de 1 mes a menos de 6 meses.
- Multa de hasta 3 meses.
- Localización permanente de 1 día a 3 meses.
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 1 a 30 días.
Nota dogmática: Si la pena, por su extensión, puede incluirse a la vez entre las leves y las menos graves (por ejemplo, una multa de 3 meses exactos), el artículo 13.4 CP establece que el delito se considerará, en todo caso, leve.
Circunstancias Atenuantes y Agravantes
El Código Penal regula las circunstancias atenuantes (art. 21 CP) y agravantes (art. 22 CP) que modifican la responsabilidad penal. Sin embargo, en los delitos leves existe una excepción fundamental en su aplicación.
Según el artículo 66.2 del Código Penal, en los delitos leves los jueces y tribunales no están sujetos a las reglas tasadas y matemáticas de determinación de la pena aplicables a los delitos graves y menos graves. En su lugar, aplicarán las penas a su "prudente arbitrio", dentro de los límites fijados por la ley para cada delito, atendiendo a:
- La gravedad de la infracción.
- Las circunstancias personales del delincuente.
Esto significa que, aunque concurran atenuantes o agravantes, el juez tiene un margen de discrecionalidad mayor para fijar la pena exacta dentro de la horquilla legal (por ejemplo, decidir entre 1 o 3 meses de multa) sin tener que bajar o subir de grado obligatoriamente.
Plazos de Prescripción
La prescripción es la extinción de la responsabilidad penal por el transcurso del tiempo. En los delitos leves, los plazos son los más breves del ordenamiento:
- Prescripción del delito: Los delitos leves prescriben al 1 año desde el día en que se cometió la infracción penal (artículo 131.1 CP). Excepción: los delitos leves de injurias y calumnias prescriben al año, pero el derecho a la querella caduca a los 6 meses.
- Prescripción de la pena: Una vez dictada sentencia firme, si la pena impuesta es leve, esta prescribe al **1