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¿Qué es el modelo 390?

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El Modelo 390: Declaración Resumen Anual del IVA

Como experto fiscal, te aclaro que el Modelo 390 es una declaración tributaria informativa que contiene el resumen anual de todas las operaciones relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) realizadas a lo largo del año natural.

Su objetivo principal es que la Agencia Tributaria cuadre los datos: la suma de las declaraciones periódicas (trimestrales o mensuales) debe coincidir exactamente con lo declarado en este modelo anual.

A continuación, y siguiendo la normativa vigente, desgloso los elementos fundamentales que interactúan con este modelo.

1. Normativa Aplicable

El Modelo 390 y la mecánica del impuesto se rigen por:

  • Ley del IVA: Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA).
  • Reglamento del IVA: Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre (RIVA), específicamente en su artículo 71, que regula la obligación de presentar las declaraciones-liquidaciones y el resumen anual.

2. Tipos de IVA que se declaran en el Modelo 390

En el Modelo 390 se deben desglosar las bases imponibles y cuotas según el tipo de IVA aplicado en las operaciones del año (Art. 90 y 91 LIVA):

  • Tipo General (21%): Aplica por defecto a la mayoría de bienes y servicios. Ejemplo: Servicios de consultoría, venta de ropa, equipos informáticos.
  • Tipo Reducido (10%): Aplica a bienes y servicios específicos como hostelería, transporte de viajeros, y construcción de viviendas nuevas. Ejemplo: Una factura por una comida de negocios en un restaurante.
  • Tipo Superreducido (4%): Reservado para bienes de primera necesidad. Ejemplo: Venta de pan, leche, libros o medicamentos. (Nota: Temporalmente existen tipos del 0% y 5% para ciertos alimentos básicos y aceites por medidas anti-inflación).

3. Ejemplos de Operaciones a incluir

El Modelo 390 exige clasificar minuciosamente las operaciones. Por ejemplo:

  • Operación sujeta y no exenta: Un abogado factura 1.000€ + 21% de IVA por sus servicios. Se declara en el régimen general.
  • Operación exenta (Art. 20 LIVA): Un médico emite una factura por servicios de asistencia sanitaria. Se incluye en el Modelo 390 como volumen de operaciones exentas (no lleva IVA).
  • Adquisición Intracomunitaria: Una empresa española compra software a una empresa en Irlanda. Se produce la "inversión del sujeto pasivo" (se autorrepercute y deduce el IVA simultáneamente) y tiene casillas específicas en el modelo.

4. Modelos relacionados y Plazos de Presentación

El Modelo 390 no conlleva pago, pero es obligatorio para la mayoría de los sujetos pasivos.

  • Modelo 303 (Autoliquidación periódica): Es el modelo mediante el cual se paga o compensa el IVA. Se presenta de forma trimestral (del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero) o mensual (del 1 al 30 del mes siguiente).
  • **Modelo 390 (Resumen Anual):
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