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¿Cómo funciona el IVA en ventas a la UE?

internacional

Como experto fiscal en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), regulado en España principalmente por la Ley 37/1992 (LIVA) y el Real Decreto 1624/1992 (Reglamento del IVA), te explico cómo funciona la tributación en las ventas a otros países de la Unión Europea.

El tratamiento fiscal depende fundamentalmente de si el cliente es una empresa (B2B) o un particular (B2C).


1. Ventas a Empresas o Profesionales (B2B)

A estas operaciones se les llama Entregas Intracomunitarias de Bienes o Prestaciones de Servicios Intracomunitarias.

  • Regla general: La operación está exenta de IVA español. Se aplica el mecanismo de "inversión del sujeto pasivo", por el cual el comprador europeo autorrepercute el IVA en su país.
  • Requisito indispensable: Tanto el vendedor español como el comprador europeo deben estar inscritos en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) y disponer de un NIF-IVA válido (verificable en el censo europeo VIES).
  • Base Legal: Artículo 25 de la LIVA.
  • Ejemplo: Una empresa de software en Madrid (con NIF-IVA) vende licencias a una empresa en Berlín (con NIF-IVA). La factura se emite sin IVA. La empresa alemana declarará el IVA correspondiente en Alemania. Si el cliente alemán no tiene NIF-IVA válido, se le debe cobrar el IVA español.

2. Ventas a Particulares (B2C) - Comercio Electrónico

Las ventas a consumidores finales (que no tienen NIF-IVA) se rigen por las reglas de Ventas a Distancia.

  • Umbral único europeo (10.000 €): Si la suma de todas tus ventas a particulares en la UE (bienes y servicios digitales) no supera los 10.000 € anuales, aplicas el IVA español.
  • Superación del umbral: Si superas los 10.000 €, debes facturar con el tipo de IVA del país de destino (el país del consumidor).
  • Régimen Especial (Ventanilla Única - OSS): Para no tener que darte de alta fiscalmente en cada país de la UE al superar el umbral, te acoges al régimen opcional OSS (One Stop Shop). Cobras el IVA extranjero, pero lo ingresas a la Hacienda española, que se encarga de repartirlo.
  • Base Legal: Artículos 68 y 163 octies a 163 tricies de la LIVA.
  • Ejemplo: Una tienda online de zapatos en Valencia vende a un particular en Francia. Si la tienda factura menos de 10.000€ anuales en toda la UE, cobra el 21% de IVA español. Si factura 15.000€, debe aplicar el 20% de IVA francés y declararlo mediante la Ventanilla Única (OSS).

Tipos de IVA aplicables (si corresponde aplicar IVA español)

Cuando la norma dicta que debes aplicar

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