Como experto en legislación española, a continuación te detallo los plazos para pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
La normativa marco que regula estos plazos en España es el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos (específicamente en su Artículo 6 y Anexo I).
El momento exacto en el que debes pasar la ITV depende del tipo de vehículo y de su antigüedad, la cual se calcula desde la fecha de primera matriculación que figura en el Permiso de Circulación.
A continuación, te detallo los plazos para los vehículos más comunes:
🚗 Turismos (Coches de uso particular)
- Hasta 4 años de antigüedad: Exento.
- De 4 a 10 años: Cada 2 años (bienal).
- Más de 10 años: Cada año (anual).
🏍️ Motocicletas, Cuadriciclos y Quads
- Hasta 4 años de antigüedad: Exento.
- Más de 4 años: Cada 2 años (bienal).
🛵 Ciclomotores (hasta 50cc)
- Hasta 3 años de antigüedad: Exento.
- Más de 3 años: Cada 2 años (bienal).
🚐 Vehículos Mixtos y Furgonetas (hasta 3.500 kg)
- Hasta 2 años de antigüedad: Exento.
- De 2 a 6 años: Cada 2 años (bienal).
- De 6 a 10 años: Cada año (anual).
- Más de 10 años: Cada 6 meses (semestral).
⚠️ Requisitos, Plazos y Consejos Prácticos
- Adelanto de la cita (Art. 6.3 del RD 920/2017): Puedes pasar la ITV hasta 30 días naturales antes de su fecha de caducidad. Hacerlo así no te resta días para la siguiente inspección (se mantendrá el día y mes de la fecha límite original).
- No hay periodo de gracia: Circular con la ITV caducada, aunque sea por un solo día, es motivo de sanción (multa de 200€) y tu seguro podría no cubrirte en caso de accidente.
- Documentación necesaria: Para pasar la inspección debes llevar:
- El Permiso de Circulación.
- La Tarjeta de Inspección Técnica (Ficha Técnica).
- Nota: Aunque la estación de ITV comprueba telemáticamente que tienes el seguro obligatorio en vigor, siempre es recomendable llevar el recibo del banco.
🆕 Novedad actualizada (Vehículos Históricos)
Si posees un vehículo clásico, debes tener en cuenta el reciente Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos (en vigor desde el 1 de octubre de 2024). Según esta nueva norma, los vehículos clasificados como históricos que tengan más de 60 años están exentos de pasar la ITV, aunque