El cálculo de la indemnización por despido improcedente en España depende fundamentalmente de la fecha de inicio del contrato de trabajo, debido a la Reforma Laboral de 2012.
A continuación, te explico de forma estructurada y práctica cómo realizar este cálculo, de acuerdo con la legislación laboral vigente.
1. Fuentes Legales Aplicables
- Estatuto de los Trabajadores (ET): Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Específicamente el artículo 56 (Despido improcedente) y la Disposición transitoria quinta (cálculo para contratos anteriores a 2012).
- Reforma Laboral de 2012: Ley 3/2012, de 6 de julio (que fijó el cambio de tramos el 12 de febrero de 2012).
2. Variables Necesarias para el Cálculo
Para calcular la indemnización necesitas tres datos clave:
- Salario diario regulador: Se calcula dividiendo el salario bruto anual (incluyendo pagas extra prorrateadas y conceptos salariales fijos/variables, pero excluyendo suplidos o dietas) entre 365 días (o 366 si es bisiesto).
- Antigüedad: El tiempo trabajado en la empresa. Requisito legal: Las fracciones de mes se redondean siempre a un mes completo (ej. trabajar 1 año y 2 días equivale a 1 año y 1 mes a efectos del cálculo).
- Fecha de inicio del contrato: Determina qué regla aplicar.
3. Reglas de Cálculo según la Fecha del Contrato
A) Contratos iniciados DESPUÉS del 12 de febrero de 2012 (Regla General)
Se aplica una única regla:
- Días por año: 33 días de salario por cada año trabajado.
- Límite máximo: 24 mensualidades (el equivalente a 2 años de salario).
Fórmula práctica: (Salario diario x 33) x (Meses de antigüedad / 12)
B) Contratos iniciados ANTES del 12 de febrero de 2012 (Regla de los Dos Tramos)
El cálculo se divide en dos periodos:
- Tramo 1 (hasta el 11/02/2012): Se calculan 45 días de salario por año trabajado, con un límite de 42 mensualidades.
- Tramo 2 (desde el 12/02/2012 en adelante): Se calculan 33 días de salario por año trabajado.
El Límite en los dos tramos (¡Importante!):
- La suma de ambos tramos no puede superar las 24 mensualidades.
- Excepción: Si solo con el Tramo 1 ya se superan las 24 mensualidades, se reconoce esa cantidad exacta (sin sumar nada del Tramo 2), con el tope absoluto de 42 mensualidades.
4. Plazos y Requisitos Legales Críticos
Es vital tener en cuenta los siguientes plazos y procedimientos si